Código Civil estatal

Artículo 227 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

227.- Salvo los casos en que la ley disponga otra cosa, toda demanda deberá formularse por escrito, en el que se expresará:

I.- El tribunal ante quien se promueve;

II.- El nombre y domicilio del actor;

III.- El nombre y domicilio del apoderado o representante legal y carácter con que promueve, en su caso;

IV.- El nombre y domicilio del demandado, o la expresión de que la persona es incierta o desconocida, o bien que el domicilio se ignora;

V.- Los fundamentos de derecho, procurando citar los preceptos legales, doctrinas o principios aplicables;

VI.- Una relación clara y sucinta de los hechos en que el actor funde su demanda, de tal manera que el demandado pueda preparar su contestación y defensa, y quede establecido cuál es el título o la causa de la acción que se ejercite, y VII.- La enumeración precisa y concreta de las peticiones que se someten al fallo del tribunal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 227 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 227 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas?

227.- Salvo los casos en que la ley disponga otra cosa, toda demanda deberá formularse por escrito, en el que se expresará: I.- El tribunal ante quien se promueve; II.- El nombre y domicilio del actor; III.- El nombre y…

¿Está vigente el artículo 227?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.