Artículo 277 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
277.- La prueba de confesión no procede respecto de las autoridades, las corporaciones y los establecimientos que forman parte de la administración pública.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.