Artículo 352 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
352.- El fallo contenido en la sentencia que cause ejecutoria excluye totalmente cualquier otro examen del negocio y cualquiera resolución nueva sobre la misma relación jurídica, sea por el mismo tribunal que lo dictó o por otro diferente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.