Artículo 773 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
773.- El juicio testamentario deberá tramitarse con sujeción al testamento, siempre que tenga los requisitos legales necesarios para su validez. Si se trata de testamento público cerrado, de testamento ológrafo, de testamento privado o de testamento ológrafo en el extranjero, se procederá previamente de acuerdo con los artículos siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.