Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 200 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla

Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

A excepción de los presupuestos que resultan subsanables, los tribunales desecharán de plano las demandas que no cumplan con los términos establecidos en esta Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 200 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla?

A excepción de los presupuestos que resultan subsanables, los tribunales desecharán de plano las demandas que no cumplan con los términos establecidos en esta Ley.

¿Está vigente el artículo 200?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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