Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 237 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla

Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las personas que no sean partes en el juicio están obligadas, en todo tiempo, a prestar auxilio a los tribunales en la averiguación de la verdad, y en consecuencia, deberán exhibir documentos y objetos que tengan en su poder cuando para ello fueren requeridos, o permitir su inspección.

De esta obligación están exentas las personas que deban guardar secreto profesional en los casos que se trate de probar contra la parte con la que estén relacionados.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 237 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla?

Las personas que no sean partes en el juicio están obligadas, en todo tiempo, a prestar auxilio a los tribunales en la averiguación de la verdad, y en consecuencia, deberán exhibir documentos y objetos que tengan en su…

¿Está vigente el artículo 237?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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