Artículo 26 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Todas las obligaciones y deberes contenidos en este Capítulo, resultan aplicables, en lo conducente, a los procuradores judiciales y a los mandatarios generales para pleitos y cobranzas.
CAPÍTULO CUARTO: FORMALIDADES JUDICIALES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.