Artículo 367 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las resoluciones provisionales dictadas por el juzgador antes o durante el procedimiento quedarán sujetas a lo que decida el Juez en la definitiva.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.