Artículo 497 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el desarrollo de la audiencia, el Juez resolverá las cuestiones que hubieren surgido con motivo del remate y declarará en favor de quien se finca éste.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.