Artículo 606 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
A quien pretenda tener derecho a una servidumbre voluntaria, corresponde la carga de la prueba del título de ese derecho, aunque esté en posesión de la servidumbre.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.