Artículo 680 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son ordinarios aquéllos que no tienen señalada una tramitación especial o privilegiada y aquéllos que no sean tramitados en la vía oral sumarísima.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.