Artículo 852 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Quien conozca de los procedimientos de justicia indígena sólo intervendrá cuando las partes estén avecindadas en el mismo lugar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.