Artículo 341 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 341.- El documento que presente un litigante prueba plenamente en su contra, en todas sus partes, aunque no lo reconozca.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.