Artículo 121 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los términos judiciales empezarán a correr desde el día siguiente a aquel en que se hubiere hecho el emplazamiento o notificación personal y fuera de estos casos desde el día siguiente a aquel en que surtió sus efectos la notificación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.