Artículo 286 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Sólo los hechos están sujetos a prueba; el derecho lo estará únicamente cuando se funde en las leyes extranjeras o en usos, costumbres o jurisprudencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.