Artículo 564 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las tercerías que se deduzcan en el juicio se substanciarán en la vía ordinaria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.