Artículo 657 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El compromiso puede celebrarse antes de que haya juicio, durante éste y después de sentenciado, sea cuál fuere el estado en que se encuentre.
El compromiso posterior a la sentencia irrevocable sólo tendrá lugar si los interesados la conocieren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.