Código Civil estatal

Artículo 89 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 89.- Los jueces y magistrados para hacer cumplir sus determinaciones, pueden emplear cualquier (sic) de los siguientes medios de apremio que juzguen eficaz:

(REFORMADA, P.O. 30 DE OCTUBRE DE 2012)

l.- La multa por la cantidad equivalente de entre 15 y 120 días de salario mínimo general vigente en el Estado;

(ADICIONADA, P.O. 30 DE OCTUBRE DE 2012)

II. Doble multa en caso de reincidencia;

III. El auxilio de la fuerza pública y la fractura de cerraduras si fuere necesario;

IV. El cateo por orden escrita;

V. El arresto hasta por 36 horas;

(ADICIONADA, P.O. 30 DE OCTUBRE DE 2012)

VI. La presentación del testigo;

(REFORMADO, P.O. 24 DE JULIO DE 2015)

Respecto a las multas que impongan los jueces y magistrados en el ejercicio de sus funciones, se notificará al infractor que debe acudir a pagarla ante el Fondo para el Mejoramiento de Administración de Justicia dentro del término de tres días, debiendo acreditar dentro de los dos días siguientes a su pago que ya cumplió con la determinación, en caso contrario, se le dará vista al ministerio público por desobediencia a un mandato judicial.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 89 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo?

Los jueces y magistrados para hacer cumplir sus determinaciones, pueden emplear cualquier (sic) de los siguientes medios de apremio que juzguen eficaz: (REFORMADA, P.O. 30 DE OCTUBRE DE 2012) l.- La multa por la…

¿Está vigente el artículo 89?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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