Artículo 1069 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El deudor que quiera hacer cesión, presentará un escrito en que exprese los motivos que le obligan a entregar sus bienes, para pagar a sus acreedores.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.