Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 1169 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La segunda sección se llamará "de inventarios", y contendrá, en sus casos:

I.- La solicitud en que se pida la licencia para formación de inventarios, si no estuviere ya concedida, o el escrito acompañando éstos;

II.- Los inventarios provisionales y los definitivos;

III.- Los avalúos;

IV.- Los incidentes y las resoluciones relativas a los mismos;

V.- El auto aprobatorio del inventario y avalúo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1169 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

La segunda sección se llamará "de inventarios", y contendrá, en sus casos: I.- La solicitud en que se pida la licencia para formación de inventarios, si no estuviere ya concedida, o el escrito acompañando éstos; II.-…

¿Está vigente el artículo 1169?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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