Artículo 1202 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Sin perjuicio de las diligencias que previenen los artículos anteriores, el Juez, en el auto de radicación del intestado, mandará publicar tres edictos, dentro del término de treinta días, en los lugares que establece el artículo 1193, en el Periódico Oficial y en otro de los que tengan más circulación, convocando a quienes se crean con derecho a la herencia para que comparezcan a deducirlo dentro del término de treinta días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.