Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 1355 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cualquier heredero puede, aun después de sorteado el bien, en los casos de los artículos 1350 y 1353, evitar la adjudicación por la mitad del precio, aumentando éste; y si hubiere varios pretendientes, habrá lugar a la licitación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1355 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

Cualquier heredero puede, aun después de sorteado el bien, en los casos de los artículos 1350 y 1353, evitar la adjudicación por la mitad del precio, aumentando éste; y si hubiere varios pretendientes, habrá lugar a la…

¿Está vigente el artículo 1355?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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