Artículo 1368 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
De las sentencias que aprueben o reprueben una partición, se admitirá apelación.
CAPITULO IX Modo de elevar a escritura pública el testamento privado
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.