Artículo 1396 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los juicios que versen sobre incumplimiento de esponsales puede exigirse:
I.- El pago de los gastos que hubiere hecho el actor con motivo del matrimonio proyectado;
II.- La devolución de los bienes que se hubieren donado por tal motivo; y III.- La indemnización del daño moral causado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.