Artículo 1433 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si la acción que pretende intentar un cónyuge contra el otro, tiende a obtener la disolución del matrimonio, dictará también el Juez las medidas a que se refieren las fracciones III a VI del artículo 130 del Código civil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.