Artículo 1521 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se discernirá el cargo de curador al que haya sido nombrado con ese carácter por el que ejerza la patria potestad, conforme a las prescripciones el Código civil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.