Artículo 1563 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Respecto de las alhajas y muebles preciosos, o de cualquiera otra especie, la venta se hará en subasta pública y judicial; pero el Juez puede dispensarla, acreditada la utilidad que con la dispensa obtenga el menor, debiendo aplicarse en este caso, por analogía, lo dispuesto en el artículo 412 del Código civil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.