Artículo 405 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Siempre se preguntará a los testigos sobre los puntos siguientes, aunque no se comprendan en el interrogatorio:
I.- Su nombre, apellido, edad, estado, profesión y domicilio;
II.- Si son parientes consanguíneos o afines de alguno de los litigantes, y en qué grado;
III.- Si tienen interés directo o indirecto en el pleito o en otro semejante;
IV.- Si son amigos íntimos o enemigos de alguno de los litigantes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.