Artículo 417 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Hay presunción humana cuando de un hecho debidamente probado, se deduce otro que es consecuencia ordinaria de aquél.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.