Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 529 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Juez hará saber a las partes la remisión de los autos al Tribunal Superior de Justicia y emplazará al apelante y a la parte que se adhirió a la apelación, para que dentro de los seis días siguientes comparezcan ante éste a manifestar su voluntad de que continúe el recurso, apercibidos que de no hacerlo oportunamente se desechará por el superior.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 529 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

El Juez hará saber a las partes la remisión de los autos al Tribunal Superior de Justicia y emplazará al apelante y a la parte que se adhirió a la apelación, para que dentro de los seis días siguientes comparezcan ante…

¿Está vigente el artículo 529?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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