Artículo 534 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el Tribunal encuentra que la resolución recurrida es apelable; que el recurso se interpuso en tiempo; que hay expresión de agravios y que el o los recurrentes continuaron en tiempo el recurso, citará día y hora para la vista y en la cual se recibirán las pruebas que admita el Tribunal, dentro de los quince días siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.