Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 660 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El remate de bienes raíces se anunciará por tres veces, de siete en siete días, por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en otro de más circulación, a juicio del Juez.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 660 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

El remate de bienes raíces se anunciará por tres veces, de siete en siete días, por medio de edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en otro de más circulación, a juicio del Juez.

¿Está vigente el artículo 660?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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