Artículo 686 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Puede hacerse postura, reservándose el postor la facultad de declarar después el nombre de la persona para quién se hizo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.