Artículo 75 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las copias simples de los documentos que se presenten, confrontadas y autorizadas por el Secretario, correrán en los autos, quedando los originales en el Tribunal, donde podrá verlos la parte contraria si lo pidiere.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.