Artículo 769 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Juez dispondrá lo que crea conveniente para cerciorarse de la personalidad del que solicita la diligencia preparatoria, del derecho que le asiste para gestionarla y de la urgencia de examinar a los testigos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.