Artículo 832 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El que ha sido vencido en juicio de propiedad, o plenario de posesión no puede hacer uso de los interdictos de retener o de recuperar la posesión respecto del mismo bien.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.