Artículo 859 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El interdicto no procede, si la autoridad, administrativa hubiere decretado alguna de las medidas a que se refiere el artículo anterior.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.