Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 868 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En la tramitación del interdicto a que esta sección se refiere, se oirá al Ministerio Público.

Sección Sexta.- Juicio Plenario de Posesión

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 868 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

En la tramitación del interdicto a que esta sección se refiere, se oirá al Ministerio Público. Sección Sexta.- Juicio Plenario de Posesión

¿Está vigente el artículo 868?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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