Artículo 889 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
A petición del promovente, previa audiencia de los interesados, el Juez resolverá, dentro de cinco días, aprobando el deslinde, si no hubiere oposición.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.