Artículo 954 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando la deuda exigible consista en alguna de las especies que se cuentan, pesan o miden, se hará la reducción de su valor en pesos, por el precio corriente que tuviere en el mercado el día del vencimiento de la obligación, lo cual certificará la Autoridad Municipal correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.