Artículo 984 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Hecho el embargo, en la misma diligencia se emplazará al ejecutado para que dentro de tres días ocurra a hacer el pago o a oponerse a la ejecución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.