Código Civil estatal

Artículo 1146 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1146.- No se puede estipular el procedimiento convencional:

I.- En los negocios concernientes al estado civil de las personas;

II.- En los relativos al derecho de percibir alimentos;

III.- En aquéllos en que deba ser oído el Ministerio Público.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1146 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

No se puede estipular el procedimiento convencional: I.- En los negocios concernientes al estado civil de las personas; II.- En los relativos al derecho de percibir alimentos; III.- En aquéllos en que deba ser oído el…

¿Está vigente el artículo 1146?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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