Artículo 1235 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1235.- Presentado el inventario, el Juez mandará ponerlo de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, por un término que no exceda de quince días, a fin de que todos los interesados puedan formular las reclamaciones que estimen convenientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.