Artículo 1262 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1262.- Los peritos firmarán el avalúo bajo protesta y si fueren convencidos de dolo o mala fe serán responsables de los daños y perjuicios, además de la responsabilidad penal en que puedan incurrir.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.