Artículo 1523 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1523.- También se nombrará curador interino en los casos de impedimento, separación o excusa del nombrado, mientras se decide el punto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.