Artículo 257 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 257.- El término extraordinario procede en todo juicio, menos en aquellos que versen sobre las acciones a que se refieren los artículos 9 fracción III, 10 fracción VII, 27 y 28.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.