Artículo 268 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 268.- Si todos los interesados en el juicio piden que el término legal se amplíe, el juez así lo decretará de plano.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.