Artículo 283 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 283.- Las posiciones deberán reunir los siguientes requisitos:
I.- Han de articularse en términos precisos;
II.- No han de ser insidiosas;
III.- Se referirán a hechos materiales;
IV.- Los hechos a que se refieren han de ser propios del absolvente;
V.- El absolvente ha de afirmar esos hechos;
VI.- Cada posición contendrá un solo hecho, a menos que no pueda afirmarse o negarse uno sin afirmar o negar otro.
VII.- Los hechos contenidos en las posiciones deben tener relación con el negocio que se ventila.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.