Código Civil estatal

Artículo 582 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala

Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 582.- Podrá también oponerse la excepción de falsedad de instrumento, siempre que la ejecución no se pida por virtud de ejecutoria o convenio constante en autos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 582 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala?

Podrá también oponerse la excepción de falsedad de instrumento, siempre que la ejecución no se pida por virtud de ejecutoria o convenio constante en autos.

¿Está vigente el artículo 582?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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