Artículo 591 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 591.- La acción para pedir la ejecución de una sentencia, transacción o convenio, durará tres años, contados conforme al artículo 581.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.